Esta página se ha traducido automáticamente mediante tecnología de traducción automática. Aunque se han realizado esfuerzos razonables para garantizar su exactitud, la versión en inglés es la versión oficial. En caso de discrepancia, ambigüedad o inconsistencia en la interpretación, prevalecerá la versión en inglés.

Política contra el lavado de dinero

Introducción

La actividad de ComponentSource presenta bajo riesgo en relación con el blanqueo de capitales; sin embargo, para evitar que cualquiera de nuestros servicios sea utilizado (o potencialmente utilizado) para cualquier actividad de blanqueo de capitales, así como para evitar que cualquiera de nuestro personal se vea expuesto al blanqueo de capitales, hemos creado esta política de prevención del blanqueo de capitales, que complementa cualquier formación en materia de prevención del blanqueo de capitales impartida a los empleados.

Ámbito de aplicación de la política

La amplia definición de blanqueo de capitales significa que potencialmente cualquiera puede cometer un delito de blanqueo de capitales, incluidos todos los empleados de la Company, todo el personal temporal y los contratistas.

Nuestra política consiste en permitir que la Company cumpla sus requisitos legales y reglamentarios de una manera proporcionada al bajo nivel de riesgo de la actividad, adoptando medidas razonables para minimizar la probabilidad de que se produzca blanqueo de capitales.

¿Qué es el blanqueo de capitales?

  1. El blanqueo de capitales puede definirse como el proceso de mover efectivo adquirido de forma ilícita a través de sistemas financieros para que parezca proceder de una fuente legítima. Los delitos de blanqueo de capitales incluyen: ocultar, disfrazar, convertir, transferir bienes delictivos o retirarlos de la jurisdicción; celebrar o participar en un acuerdo que usted sabe o sospecha que facilita la adquisición, retención, uso o control de bienes delictivos por parte de otra persona o en su nombre; y adquirir, usar o poseer bienes delictivos.
  2. También existen varios delitos secundarios: no revelar el conocimiento o la sospecha de blanqueo de capitales al CFO que actúa como Group Money Laundering Reporting Officer (MLRO); que el MLRO no revele el conocimiento o la sospecha de blanqueo de capitales a los organismos competentes de investigación de delitos; y el «tipping off», por el cual alguien informa a una persona o personas que están, o de las que se sospecha que están, implicadas en blanqueo de capitales, de tal manera que se reduzca la probabilidad de que sean investigadas o se perjudique una investigación.
  3. Cualquier empleado podría potencialmente quedar sujeto a las disposiciones sobre blanqueo de capitales si sospecha de blanqueo de capitales y, de algún modo, se involucra en ello y/o no hace nada al respecto. Esta Política establece cómo deben plantearse las inquietudes.

Responsable de Información sobre Blanqueo de Capitales (MLRO)

  1. El CFO de ComponentSource actuará como MLRO para recibir las comunicaciones sobre actividades de blanqueo de capitales y será responsable de la actividad de prevención del blanqueo de capitales dentro de la Company.
  2. El MLRO velará por que se proporcione formación y concienciación adecuadas a los empleados nuevos y existentes y por que esta se revise y actualice según sea necesario.
  3. El MLRO velará por que la Company incorpore sistemas y procesos adecuados de prevención del blanqueo de capitales.

Sospechas de blanqueo de capitales

  1. Todos los empleados deben, tan pronto como sea practicable, informar de cualquier conocimiento o sospecha de (o cuando existan motivos razonables para sospechar de) actividad sospechosa al MLRO en el formulario prescrito, tal como se establece en este documento de política.
  2. Una vez que el asunto haya sido comunicado al MLRO, el empleado debe seguir las instrucciones que se le den y NO debe realizar ninguna investigación adicional sobre el asunto.
  3. El empleado NO debe expresar ninguna sospecha a la(s) persona(s) de la(s) que sospeche que blanquean capitales, ya que ello podría dar lugar a la comisión del delito de «tipping off». NO debe tratar el asunto con otras personas ni anotar en el expediente que se ha realizado una comunicación al MLRO, por si esto hace que el sospechoso se dé cuenta de la situación.

Consideración de la comunicación por el MLRO

  1. Una vez que el MLRO haya recibido el informe, este debe evaluarse oportunamente a fin de determinar si:
    • se está produciendo blanqueo de capitales real o sospechado; o
    • existen motivos razonables para saber o sospechar que este es el caso; y
    • si el MLRO necesita presentar un Suspicious Activity Report (SAR) ante uno o varios organismos nacionales de investigación de delitos.
  2. Si no hay pruebas de blanqueo de capitales, se dará consentimiento para que cualquier transacción en curso o inminente continúe.
  3. Cuando se requiera el consentimiento de un organismo de investigación de delitos para que una transacción siga adelante, la(s) transacción(es) en cuestión no deberá(n) iniciarse ni completarse hasta que el organismo de investigación de delitos haya dado su consentimiento específico o se considere que existe consentimiento por el vencimiento de los plazos pertinentes sin objeción por parte de dicho organismo.
  4. Todos los informes de comunicación remitidos al MLRO y los informes presentados a un organismo de investigación de delitos serán conservados por el MLRO en un expediente confidencial mantenido a tal efecto, durante un mínimo de 5 años.
  5. El MLRO también debe considerar si deben realizarse notificaciones e informes adicionales a otros organismos de control pertinentes.

Identificación de clientes y diligencia debida

Se lleva a cabo diligencia debida sobre todos los clientes, que deben proporcionar información básica, incluidos nombre completo, dirección y datos de registro de la empresa.

Diligencia debida reforzada

Puede ser necesario que la Company lleve a cabo una diligencia debida reforzada cuando el cliente o una transacción en la que intervenga el cliente parezca ser de «alto riesgo». Esto significa que se requiere un nivel superior de identificación y verificación de la identidad del cliente. La siguiente lista no exhaustiva de situaciones puede indicar un «alto riesgo»:

  • un cliente nuevo;
  • un cliente poco conocido por ComponentSource;
  • clientes de sectores y/o jurisdicciones conocidos por su alto riesgo;
  • transacciones inusuales o que parezcan inusuales para ese cliente;
  • acuerdos de transacción o de pago muy complejos;
  • la transacción implica a una persona con responsabilidad pública («PEP») o a un familiar inmediato o a un asociado cercano de una PEP;
  • no se producen reuniones presenciales con el cliente cuando normalmente esto sería esperable.

Los empleados que tratan con clientes deben evaluar el riesgo de blanqueo de capitales de cada cliente y, si sospecha que se requiere diligencia debida reforzada, debe hablar con el MLRO antes de continuar cualquier relación con el cliente. El MLRO deberá aprobar la continuidad de la relación comercial.

Si se lleva a cabo diligencia debida reforzada, el MLRO debe:

  • obtener información adicional sobre el cliente y sobre el(los) titular(es) real(es) del cliente;
  • obtener información adicional sobre la naturaleza prevista de la relación comercial;
  • obtener información sobre la procedencia de los fondos y el origen del patrimonio del cliente y del(los) titular(es) real(es) del cliente; y
  • llevar a cabo un seguimiento reforzado de la relación comercial.

Esto puede incluir, entre otros, lo siguiente:

  • comprobar el sitio web de la organización para confirmar la identidad del personal, su dirección comercial y cualquier otro detalle;
  • visitar al cliente en su dirección comercial;
  • obtener información o pruebas adicionales para establecer la identidad del cliente y de su(s) titular(es) real(es), incluida la comprobación de los registros de titularidad real de entidades jurídicas disponibles públicamente, como los registros disponibles en Companies House en el Reino Unido y el global Legal Entity Identifier (LEI);
  • en el caso de una PEP, solicitar la aprobación de la alta dirección y establecer el origen del patrimonio y el origen de los fondos;
  • asegurarse de que el primer pago se realice desde una cuenta bancaria a nombre del cliente.

Si no se obtiene al principio una prueba satisfactoria de la identidad, la relación comercial o la(s) transacción(es) aislada(s) no podrán seguir adelante. Debe presentarse un informe al MLRO, quien considerará entonces si es necesario remitir un informe a uno o varios organismos de investigación de delitos.

Seguimiento continuo

Los empleados deben revisar a los clientes a intervalos regulares para garantizar que el nivel de riesgo de la información de cada cliente y la información que se conserva sobre cada cliente no solo sea exacta y esté actualizada, sino que también sea coherente con el conocimiento del cliente y de su negocio. Puede requerirse una diligencia debida adicional si nuevas personas empiezan a intervenir en un cliente. Cualquier actividad sospechosa debe comunicarse al MLRO.

Protección de datos

Los datos del cliente deben recopilarse de conformidad con la legislación aplicable en materia de protección de datos. Estos datos pueden ser «tratados» para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

Conservación de registros

Las pruebas de identificación del cliente y los detalles de cualquier transacción relevante de ese cliente deben conservarse durante al menos 5 años desde el final de cualquier relación comercial con dicho cliente.

CSAMLP 10/2025